viernes, 19 de febrero de 2010

Constitución del 2008 en el contexto andino.


Este libro lo pueden leer completo aquí.

Desafíos Constitucionales


Este libro lo pueden leer completo aquí.

Neoconstitucionalismo y Sociedad


Un libro muy interesante, lo pueden leer completo aquí.

jueves, 11 de febrero de 2010

Proporcionalidad de las penas en el sistema jurídico ecuatoriano.



En el centro de investigaciones jurídicas de la UTPL. estamos inmersos en un proyecto de investigación, al cual esperamos terminarlo en este año. Para mejor información presentamos el esquema inicial del proyecto:

TEMA: Proporcionalidad de las penas en el sistema jurídico ecuatoriano.
LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: Derecho y Sociedad.

OBJETIVOS:


  • Analizar e identificar criterios jurídicos, legislativos y doctrinarios que permitan establecer parámetros para categorizar el modelo de las infracciones de mayor a menor gravedad con su respectiva pena de tal manera que se cumpla el principio constitucional de proporcionalidad entre delitos y penas.

  • Diseñar un modelo técnico jurídico que permita establecer la debida proporcionalidad entre delitos y penas a aplicar.

  • Socializar la utilización y aplicación de la herramienta en operadores del sistema de justicia penal del Ecuador.

JUSTIFICACIÓN:


La Constitución Ecuatoriana establece el principio de proporcionalidad entre delitos y penas, lo que significa que a mayor delito se establecerá una mayor pena. Sin embargo este presupuesto teórico contrasta con la realidad, ya que se observa que el legislador al momento de establecer una pena lo hace sin criterio técnico y atendiendo a particulares circunstancias especiales de coyuntura y de alarma social, lo que al final provoca una distorsión de este principio de proporcionalidad, generando como resultado que infracciones menores tengan penas severas equiparables a las infracciones más graves y viceversa.
Nuestro proyecto de investigación busca la creación de un mecanismo que permita fijar las penas de un modo técnico, de tal manera que éstas sean proporcionales a la gravedad de la infracción cometida.
Esta investigación es importante para el desarrollo del derecho y en particular para el desarrollo del derecho penal, dado que no se puede seguir permitiendo que exista en nuestro país un sistema punitivo desproporcionado e incoherente con la realidad. Cabe destacar que nuestro sistema legislativo no cuenta con una técnica o método científico para establecer una pena a un determinado delito. ¿Cómo puede ser posible que se utilice una coyuntura política o un momento de crisis social para crear, modificar, disminuir o aumentar una pena? El aporte de nuestra investigación permitirá que al momento en el que el legislador cree, modifique o elimine una pena, lo haga con un mecanismo o fórmula técnica, la misma que en base a criterios cuantificables, medibles, objetivos y técnicos logre mejorar nuestro Sistema Jurídico Penal. El proyecto de investigación permitirá vincularnos con la línea de investigación “Derecho y Sociedad” del CITTES de Gestión Legal, ya que con este aporte lo que se quiere hacer es presentar al órgano legislativo un código penal que cumpla con el principio de proporcionalidad establecido en la Constitución de la República, y que proteja los derechos fundamentales de los ciudadanos, especialmente el derecho a la libertad.


METODOLOGIA:


¿Qué criterios técnicos utiliza el legislador para establecer una pena a un determinado delito?
¿Existe una fórmula o método científico para el establecimiento de penas para los delitos establecidos en el código penal?
Se va a crear una base de datos de los delitos que constan en los diferentes cuerpos legales del Ecuador debidamente categorizados y jerarquizados, para esto utilizaremos el método inductivo-deductivo, este método nos permitirá vislumbrar el estado actual de nuestro sistema punitivo, con el fin de poder establecer los parámetros técnicos y científicos de las penas.
Se realizará la búsqueda de fuentes bibliográficas que permitan establecer criterios para categorizar el deber ser de las infracciones de mayor a menor gravedad, además se realizarán encuestas y entrevistas a expertos y la realización de un primer informe para esto se utilizará el método sistemático.
Finalmente se contará con una fórmula de ponderación que permita fijar las penas de un modo técnico, de tal manera que éstas sean proporcionales a la gravedad de la infracción cometida, esto se logrará realizando un análisis crítico en conjunto de las técnicas punitivas en el Derecho Comparado y en nuestro sistema jurídico para ir descubriendo los posibles criterios de ponderación o métodos que se utilizan actualmente. Este resultado se podrá observar con la publicación de un artículo científico que será difundido a la colectividad.
Para la obtención de la muestra se realizarán encuestas a los diferentes jueces penales de las cuatro Cortes Provinciales de Justicia de las ciudades de Quito, Guayaquil, Cuenca y Loja. Además se realizarán entrevistas a dos expertos extranjeros, lo que permitirá fundamentar los criterios de selección para la creación de la fórmula de ponderación. Con respecto a las técnicas que se van a utilizar para la recolección de la información van a ser las encuestas, entrevistas, búsqueda bibliográfica seleccionada.


RESULTADOS ESPERADOS:


1. Levantamiento de información sobre las diferentes entrevistas y consultas a expertos.

2. Herramienta técnico jurídico para que permita establecer la debida proporcionalidad entre delitos y penas a aplicar.


3. Capacitación y difusión sobre herramienta a operadores del sistema de justicia.


Nuevo Rector-Canciller en la UTPL .

El día de ayer miércoles 10 de enero en acto solemne se posesionó al nuevo Rector-Canciller de la UTPL. Dr José Barbosa Corbacho, y el Dr. Santiago Acosta Aide como Vicecanciller. El Dr. Barbosa ha venido desempeñándose como vicecanciller, lo que le da un cúmulo de experiencia en la administración de esta noble institución superior. Le deseamos desde este blog, éxitos en su nuevo cargo para que la UTPL. siga siendo el valuarte de la enseñanza superior en el país.



A su vez aprovechamos la oportunidad para decirle no un adios, sino un hasta luego al Padre Luis Miguel Romero quien despues de 13 años de liderezgo ha sabido llevar adelante a la Universidad con mucha maestría y sapiencia. Estamos seguros que su legado, padre Luis MIguel, será bienvenido y multiplicado. Gracias por su invalorable misión.

La inversión social y la responsabilidad del Estado: un estudio de caso sobre la exigibilidad en Ecuador

Para los interesados en la Responsabilidad del Estado, presento un análisis de un caso contreto realizado por el profesor Ramiro Avila Santamaría. Ver aquí: http://www.uasb.edu.ec/padh/revista10/articulos/ramiro%20avila.htm

Garantías Constitucionales

En tres artículos publicados en el diario el Universo con el título ¿Honrar garantías estatales? el Dr. Nicolás Parducci nos habla de forma concreta y resumida sobre las garantías establecidas en nuestra Constitució de la República.

Ver aquí:

http://www.eluniverso.com/2010/01/13/1/1363/honrar-garantias-estatales.html

http://www.eluniverso.com/2010/01/20/1/1363/honrar-garantias-estatales-ii.html

http://www.eluniverso.com/2010/01/27/1/1363/honrar-garantias-estatales-iii.html

¿Cambiar la Constitución?

Artículo publicado en el diario el Universo el 06 de enero del 2010.

Autor: Nicolás Parducci.

Si persistimos en llegar a elecciones mediante distritos electorales, conviene tener presente que habría que cambiar la actual Constitución, que los excluyó.Utilizo el verbo cambiar para generalizar porque, a diferencia de las últimas constituciones, ahora hay tres caminos: enmendarla, reformarla o hacer otra.No se han definido, en el texto constitucional, la enmienda (artículo 441) y la reforma (artículo 442); sin embargo, partiendo de los significados que nos proporciona el Diccionario de la Lengua Española, podemos concluir que enmendar es corregir, quitar defectos, y reformar es modificar algo, por lo general con la intención de mejorarlo.Para salvar dudas sin incluir distritos electorales sería corregir o modificar la Constitución, recordemos que la Corte Constitucional es responsable, según el artículo 443, para calificar cual de los procedimientos corresponde.En todo caso, se trate de enmienda o reforma, la iniciativa puede provenir de:-Quien ejerza la Presidencia de la República.-La ciudadanía, si el respaldo es de al menos el ocho por ciento de los empadronados si piden enmendarla o el uno por ciento si pretenden reformarla.-La Asamblea Nacional si plantean la enmienda no menos de la tercera parte de sus integrantes o simplemente su mayoría, si se trata de una reforma.Antes de seguir, dos comentarios.Se requiere menos voluntades para pedir una reforma que una enmienda, tanto de ciudadanos como de asambleístas; así como menos votos en la Asamblea Nacional: simple mayoría, para aprobar una reforma y dos terceras partes para aprobar una enmienda.La enmienda debe ser aprobada por referéndum solamente si se la plantea desde la Presidencia de la República o por la ciudadanía y no cuando procede de la Asamblea Nacional, que decide sobre ella sin necesidad de sanción del Presidente de la República, según deduzco de la parte final del artículo 441, que me genera dudas por haber utilizado indebidamente, en mi criterio, la palabra reforma. (Talvez el caso amerite una enmienda.)La reforma constitucional siempre requiere la aprobación por referéndum.Finalmente, la tercera forma de cambiar la Constitución es sustituyéndola por otra, para lo cual se ha previsto la creación de una Asamblea Constituyente, artículo 444, que solamente puede ser convocada a través de consulta popular sea que se la pida por la Presidencia de la República, por las dos terceras partes de los asambleístas o por el doce por ciento de los empadronados. La nueva Constitución debe ser aprobada en referéndum.¿Le parece lejano y difícil crear distritos electorales?Si es así, tenga presente que esto ocurre porque pasamos de un sistema de Constitución flexible a uno de Constitución rígida, que empezó con el llamado “candado constitucional”, creado al hacerse la codificación de la Constitución en 1998, ahora acentuado considerablemente.Tras el aborto del intento de crear distritos electorales, ¿podrá engendrarse y llevar a término otro proyecto? ¿Sería tan amable en darme su opinión?

¿Puede perder el Estado?




En un artículo publicado en el diario El Comercio, como siempre interesante, el constitucionalista Fabian Corral realiza una exposición sobre la falaz idea de que "el Estado no puede perder los juicios, que reclamar y demandar al Estado y a sus instituciones es malo, antipatriótico, lesivo al interés nacional, etc." El articulista nos presenta importantes razones para eliminar estos mitos de nuestra forma de pensar, así pues, dice que "demandar al Estado no constituye un “pecado político”, y ganarle un juicio al Estado no significa, en modo alguno, menoscabar soberanía. Al contrario, constituye una militancia en favor de los derechos fundamentales."

Para profundizar al respecto ver aquí: http://ww1.elcomercio.com/solo_texto_search.asp?id_noticia=215766&anio=2010&mes=2&dia=11

miércoles, 10 de febrero de 2010

El 20% de jóvenes ni estudia ni trabaja

En un estudio realizado por al OIT dice que en América Latina y el Caribe hay siete millones de jóvenes desempleados. Según la Organización Internacional del Trabajo, 600 000 jóvenes se se encuentran desempleados por la crisis que acabamos de vivir durante el último año. Leyendo el documento “Trabajo Decente y Juventud”, podemos constatar que en la región hay 104 millones de jóvenes:
El 34% solo estudia.
El 33% solo trabaja.
El 13% estudia y trabaja; y,
El 20% ni estudia ni trabaja.
Asimismo, entre aquellos que sí trabajan apenas 10% tienen un contrato estable, 35,1% tienen seguro de salud, y 32,5% está afiliado a algún sistema de pensiones.

Estos datos pueden provocar un desaliento y frustración en los jóvenes, provocando una inestabilidad en el futuro de nuestras sociedades. Esperamos pronto cambie esta realidad.

martes, 9 de febrero de 2010

Hacia otra teoría crítica del Derecho.

Un imteresante artículo escrito por Alda Facio jurista y escritora feminista. Podemos verlo aquí. http://www.flacso.org.ec/docs/safisfacio.pdf

Derecho Constitucional Ecuatoriano en el Siglo XXI




El nuevo libro del Dr. Manuel Sánchez Zuraty(Curriculum vitae aquí: http://manuelsanchez2.com/page27.html ) sobre el Derecho Costitucional Ecuatoriano del Siglo XXI es muy importante para todos. Aquí un pequeño estracto que el autor nos presenta "Este trabajo sobre Derecho Constitucional, incluye no solo el estudio de la Constitución de la República del Ecuador, vigente, con sus particularidades sobre la "pacha mama" o el "sumak kawsay", sino también la doctrina universal sobre derecho constitucional, las fuentes históricas de las cartas fundamentales de nuestra República que han marcado épocas muy significativas, y las raíces doctrinares y normativas de las diferentes instituciones de esta rama del Derecho. Incluye también los anexos más importantes de consulta sobre las fuentes internacionales de derechos humanos y otros instrumentos pioneros en la organización de los Estados Constitucionales de Derecho.Para evitar confusiones, advertimos que en este trabajo denominamos "Carta Magna" solamente al documento aceptado por el Rey inglés Juan en 1215, mas no a la Constitución de la República del Ecuador."

Goberna y Derecho

Navegando sobre este interesante sitio encontramos que " Goberna y Derecho, con sede en Guayaquil, Ecuador, es un Centro para la investigación y generación de pensamiento en temas relacionados con la Gobernanza y el Derecho Público.
El Centro se integra con un grupo multidisciplinario de profesionales e investigadores especializados y tiene por objetivo encontrar soluciones científicas a los desafíos de la modernidad, fortalecer la institucionalidad y promover la seguridad jurídica en el contexto de una sociedad auténticamente democrática."

Para más información aquí: http://www.goberna.org/

CIDES. Centro sobre Derecho y Sociedad.

En esta oportunidad presentamos un link del "Centro sobre Derecho y Sociedad que fue creado en 1987 como una corporación civil de carácter privado, sin fines de lucro. Tiene su sede en Quito, Ecuador.
Trabaja en la promoción de la justicia, la vigencia del derecho y el fortalecimiento de los derechos humanos y los valores democráticos. Su objetivo principal es contribuir al mejoramiento del sistema de justicia en el Ecuador. Por ello, el CIDES promueve la Justicia de Paz y la Mediación Comunitaria así como difunde los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC).
Su visión consiste en coadyuvar a la construcción de un mundo más justo donde predominen los valores democráticos, y se respeten los derechos inherentes a cada uno de los ciudadanos y las ciudadanas.
Mas información ver aquí:http://www.cides.org.ec/cides/

viernes, 5 de febrero de 2010

SEMINARIO INTERNACIONAL DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y PENAL

El Colegio de Abogados de Loja nos inviata al SEMINARIO INTERNACIONAL DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y PENAL: "Aproximaciones al Estado Constitucional de Derecho y garantías del debido proceso".
LOCAL: Auditorio Manuel Carrión Pinzano de la H. Corte Provincial de Justicia de Loja.
HORA: 17:00
FECHA: Del 9 al 11 de febrero.
CRONOGRAMA:
Martes 9 de febrero, 17:00
- TEMA: Límites Constitucionales al ius puniendi y las tendencias actuales del Derecho Penal.
Dr. Ciro Rodríguez Sánchez. (Cuba) Universidad de Oriente Santiago de Cuva.
- Dr. Washington Pesantez Muñoz. Fiscal General del Estado.
Miércoles 10 de febrero, 17:00
TEMA: El Sistema Penal en el Estado Social y democrático de derecho.
Dr. Ramiro García Falconí. Director de la Maestría en Ciencias Penales de la Universidad Central del Ecuador.
- TEMA: La Consstitucionalidad en el Derecho Penal.
Dr. Ramiro Ávila Santamaría. Subsecretario del Ministerio de Justicia.
Jueves 11 de febrero, 17:00
TEMA: Rol de la Defensa Pública en el proceso Penal Acusatorio.
Dra. María Paula Romo. Presidenta de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional.
Dr. Patricio Pazmiño Freire. Presidente de la Corte Constitucional.
Dr. Ernesto Pazmiño Granizo. Director Nacional de la Defensoría Pública Penal.

Reina del Colegio de Abogados de Loja 2010-2011

María Lorena es coronada como Reina de los Abogados.

El Directorio del Colegio de Abogados de Loja y su Comité de Damas, efectuó ayer, a las 20h00, en el Teatro Universitario Bolívar la coronación de su nueva Soberana, María Lorena Figueroa Costa, reina del gremio periodo 2010-2011, y su Corte de Honor.


María Lorena menciona que su compromiso es cumplir, responsablemente, con esta dignidad que le permitirá unir a los asociados lojanos, resalta el hecho de que sus progenitores tienen esta profesión, contará entonces con un apoyo.

Profesión
Estudia en la Universidad Técnica Particular de Loja, UTPL, la carrera de Derecho; y, en la modalidad abierta, Psicología. Con la presidenta del Comité de Damas, Vanesa Guzmán, se comprometió a trabajar en algunas actividades a favor del gremio. Ya tuvieron varias reuniones para coordinar su labor como Reina del Colegio de Abogados de Loja.


Más información ver aquí
http://www.cronica.com.ec/index.php?option=com_content&view=article&id=8719:abogados-coronaran-a-su-reina&catid=34:locales&Itemid=56